domingo, 17 de enero de 2010

LA NORMATIVA SOBRE EL DUELO: LOS CODIGOS DE HONOR


El auge de los desafíos estimuló el desarrollo de la literatura sobre el duelo. En Europa se multiplicaron los Códigos de honor que pretendían guiar y reglamentar todos los aspectos concernientes a los duelos. Curiosamente, todos ellos se encontraban en la más absoluta «alegalidad»: regularizaban el ejercicio de actos perseguidos y castigados por la ley, y sin embargo, contradictoriamente, adoptaban en su redacción el uso de un articulado propio de los textos legales, sus normas se enumeran siguiendo un orden correlativo de artículos. Paradójicamente, se publicaban en ediciones que veían la luz tras ser elaboradas por las imprentas más afamadas, y no de forma clandestina.

Los estudiosos han señalado que la codificación del duelo es paralela al desarrollo de las leyes destinadas a dirigir las relaciones internacionales. Un duelo era una guerra en miniatura, una prueba de valor concentrado en unos intensos minutos de la vida de dos individuos, a veces sus últimos momentos. En sus diversas épocas, los códigos regularon las formalidades exigidas en los combates entre personas de honor; se han señalado algunos precedentes, tales como el Doctrinal de Caballeros, impreso en Burgos por el maestro Fadrique Alemán en 1483, o el Resumen de la verdadera destreza de las armas, Madrid, 1655. En el siglo que nos ocupa, entre los códigos europeos más destacados y recomendados en España, citamos las obras de Croaban, La Science du Point d'Honneur, y el importante Ensayo sobre el duelo del Conde de Chateauvillard, aparecido en 1836 y traducido al español; esta obra actualizó normas, reglamentos y protocolos e inspiró los códigos redactados en Alemania, Italia, Austria... así como los escritos españoles sobre el duelo, entre ellos los de Iñíguez, Ofensas y Desafíos, y el más afamado en nuestra Península, el titulado Lances entre caballeros, cuyo autor, don Julio Urbina y Ceballos-Escalera, marqués de Cabriñana del Monte, era considerado la máxima autoridad a la que acudir para decidir cualquier aspecto a la hora de concertar un desafío. Esta obra se convirtió en la Biblia de los lances de honor, un catecismo de caballerosidad que guió la celebración de numerosos duelos.

Dichos códigos clasificaban el tipo de ofensas que podían originar un duelo. Cabriñana define la Ofensa como toda acción u omisión que denote descortesía, burla o menosprecio hacia una persona o colectividad honrada... si se realiza con intención de perjudicar la buena opinión y fama del que se sienta ofendido. Las ofensas podían ser leves, graves y gravísimas. Leves eran las que afectan al amor propio, a la delicadeza o a la susceptibilidad del agraviado; graves o injuriosas las que atacaban al crédito, al honor de las personas honradas, y gravísimas las que se inferían llegando a «vías de hecho» contra el ultrajado; por éstas se entendía todo movimiento, todo contacto material de un cuerpo contra un individuo...una bofetada, un bastonazo, el lanzamiento de una botella o de un guante y el agarrar a un caballero por las solapas constituyen ofensas gravísimas. El que toca, pega, aunque la gravedad de la ofensa no sea proporcionada a la fuerza del golpe.

Es normal que los códigos enumeren los Privilegios del ofendido; quien recibe una ofensa grave tiene derecho a la elección de las armas y clase de duelo. En las ofensas dirigidas a una colectividad, uno de los afectados asumirá la defensa del grupo.

También se delimita quién puede batirse en duelo. El carácter personalísimo de las ofensas exige el enfrentamiento del propio ofendido; no obstante, un hijo puede sustituir a su padre sexagenario o enfermo, y un nieto a su abuelo, si éste no tiene hijo para representarle. El padre puede ocupar el puesto del hijo menor de 20 años, y el hermano el de un hermano de avanzada edad. Si el duelo implica la defensa de una mujer, el padre puede ser el adalid de la hija ofendida o insultada, el hijo convenirse en paladín de la madre, el hermano de la hermana y el marido de la mujer.

La minuciosa casuística llega a contemplar Excepciones por enfermedad o incapacidad física: los miopes deberán o no batirse según la cantidad de vista que conserven a juicio de un oculista. Los tuertos están en perfectas condiciones de batirse a sable, espada o pistola a la voz de mando y a la señal. Los sordos no pueden batirse a pistola a la voz de mando, que debe sustituirse por palmadas o señales visuales o, si su sordera es total, por toques de un instrumento musical grave o por detonaciones de armas de fuego producidas en la cercanía del sordo. Los cojos no pueden ni deben batirse con arma blanca, si bien los mancos del brazo izquierdo pueden batirse a espada o sable. La obesidad, la joroba y otras deformidades que no impidan por completo el manejo de las armas no pueden ser, para los ofensores, causa de excepción para batirse.

Muy distintas son las «Excepciones por indignidad», reveladoras de la mentalidad de la época. Son calificados de «indignos», y por tanto, descalificados para batirse: el que es público y notorio que se ha entregado a vicios sodomíticos, el que vende su propia honra, la de su esposa o su hija, el que ha sufrido condena por motivos deshonrosos, como falsificación, cohecho, prevaricación, el traidor a la patria, el asesino, perjuro, espía, fullero, el que es arrojado de un círculo de sociedad por motivos vergonzosos, el matón o baratero de oficio; el que vive a costa de la prostitución, del juego o de la usura y, en general, el que prescinde de las leyes del honor aunque se halle admitido en la buena sociedad y, por las apariencias externas, pudiera pasar por un caballero; los padrinos habrán de disipar las dudas sobre la dignidad del antagonista.

7 comentarios:

  1. Hola Dubois!

    O sea que el email si era para mi! que bueno saberlo :).

    Los códigos de honor se me hacen muy interesantes. He notado que al final del artículo la palabra indignos está entre comillas y creo que no debería estar asi, porque casi (hay un par de adjetivos cuyo significado no conozco bien) todos los motivos mencionados por los cuales alguien no podía participar en un duelo, si son propios de una persona indigna.

    Esto me recuerda en algo al principio de las artes marciales, puedes dominar las técnicas de un combate pero a la vez ser una persona con firmes valores morales.

    Un abrazo!

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  2. Gracias Atenea por el comentario, y si, el duelo era algo excluyente para las clases más altas. Solo ellos tenían derecho a desenvainar una espada o acudir a un par de pistolas para salvar sus diferencias.

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  3. nunca entenderé esto de los duelos del honor

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  4. A. D., ahora que comienzo a leer tu blog, me doy cuenta que los duelos de honor, no sólo se hacían para obtener como premio el amor de una mujer. Ahora se que los duelos de honor también se hacían por ofensas de diversos tipos y que batirse en duelo era legal. Otra cosa que me parece interesante, pero injusta es eso de que los ajustes de cuentas se heredaban a alguien que no había sido afectado de manera directa. Temo reconocer que me estás convenciendo de que los duelos son buenos, pero, siempre y cuando sean por honor y no por quitar de en medio a alguien que se le odia. Los duelos en la actualidad, si fueran legales serían del tipo de los que eliminan a quien les estorba y no por limpiar su honor. La honorabilidad en nuestro tiempo es casi nula. Me pareció interesantísimo esto: "Cabriñana define la Ofensa como toda acción u omisión que denote descortesía, burla o menosprecio hacia una persona o colectividad honrada... si se realiza con intención de perjudicar la buena opinión y fama del que se sienta ofendido. Las ofensas podían ser leves, graves y gravísimas. Leves eran las que afectan al amor propio, a la delicadeza o a la susceptibilidad del agraviado; graves o injuriosas las que atacaban al crédito, al honor de las personas honradas, y gravísimas las que se inferían llegando a «vías de hecho» contra el ultrajado; por éstas se entendía todo movimiento, todo contacto material de un cuerpo contra un individuo...una bofetada, un bastonazo, el lanzamiento de una botella o de un guante y el agarrar a un caballero por las solapas constituyen ofensas gravísimas".

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  5. santos evaristocajo garcia28 de marzo de 2011, 14:34

    El lance de honor dignifica y eleva la condicion del hombre en sociedad pero entre aquellos cuya moral se halla en un alto pedestal
    Santos Evaristo Cajo Garcia Ferreñafe Peru

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  6. Después de leer el artículo, y a pesar de la larga tradición que nuestro país tenía en la institución del duelo y de su regularización, me queda claro que en los tiempos que corren, las "excepciones por indignidad" impiden batirse a ningún ciudadano, ya que solo se encuantran delincuentes de cohecho o prevaricación, sodomitas y traidores a la Patria. Pobre España mía!!

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